Se contemplan la sanción —de dos a 12 años y multa de mil a cinco mil de salarios mínimos— para aquellos funcionarios que, al otorgar permisos que contribuyen al deterioro de estos bienes patrimoniales, el ejemplo más claro, el proyecto de iluminación en Teotihuacan, donde resultó dañado el patrimonio.
Multas y castigos
• El artículo 53 bis sancionará a quien altere o falsifique algún monumento artístico.
• Al que por cualquier medio explore en zonas arqueológicas o en monumentos sin autorización del INAH.
• Al que ilegalmente tenga un monumento arqueológic.
• Al que importe ilícitamente bienes culturales considerados patrimonio por el país de origen.